Reglamento de la Escuela Deportiva Municipal de Aldeatejada
Primero.- Denominación: Se considerará Escuela Deportiva Municipal el conjunto de medios humanos y materiales reunidos en un centro que tenga como finalidad la iniciación técnico-deportiva, por tanto, el objetivo primordial de la Escuela Deportiva Municipal será el de la enseñanza de los principios básicos de los diferentes deportes, a niños y/o niñas de la localidad y/o comarca de Aldeatejada.
Segundo.- Deportes: En el ámbito de la Escuela Deportiva Municipal podrán desarrollarse todas las especialidades deportivas , bien organizadas directamente por el Ayuntamiento bien por Convenios suscritos por el Ayuntamiento con Clubs, Asociaciones Deportivas, etc. El Ayuntamiento solamente formalizará Convenios con aquellas Entidades deportivas cuyos Estatutos estén reconocidos por la Junta de Castilla y León Se dará preferencia a la utilización de las instalaciones en las actividades deportivas organizadas por el propio Ayuntamiento.
Tercero.- Convocatoria: El Ayuntamiento a través de la Concejalía de Deportes convocará el inicio de las distintas especialidades deportivas a impartir directamente según el artículo segundo.
Cuarto.- Participantes: Podrán inscribirse en la Escuela Deportiva Municipal los niños y/o niñas de la localidad y/o Comarca con edades comprendidas entre los 5 y los 14 años.
Quinto.- Funcionamiento especialidades deportivas: En lo referente a enseñanzas básicas y prácticas, cada especialidad deportiva de las impartidas en la Escuela Deportiva Municipal se regirá por sus propias programaciones, que han de figurar en el proyecto técnico-deportivo, debiendo tener un mínimo de quince (15) alumnos. El número máximo de los componentes estará limitado por los medios físicos y humanos, así como, de la instalación. La composición de alumnos de las Escuelas Deportivas Municipales será al menos de un 20% NO FEDERADO.
Sexto.- Inscripción: Las inscripciones se formalizarán bien a través del Excmo. Ayuntamiento de Aldeatejada bien en la página web www.deportealdeatejada.es.
Séptimo.- Categorías: Se establecen tres grupos de trabajo,(5-8 años), (9-11 años) y (12- 14 años), que los Clubes se obligan a establecer al menos tres niveles de enseñanza que serán, INICIACIÓN, PERFECCIONAMIENTO y ESPECIALIZACIÓN. Ayuntamiento de Aldeatejada Concejalía de deportes Reglamento de la escuela deportiva municipal
Octavo.- Profesorado: Al frente de la Escuela Deportiva Municipal figurará un Coordinador con la titulación oficial deportiva determinada reglamentariamente según el nivel de las enseñanzas que se impartan. Cada especialidad deportiva contará con los monitores que sean necesarios para el correcto desarrollo de la misma y conforme a lo previsto en el apartado cuarto del presente reglamento. Los Monitores serán elegidos por el Excmo. Ayuntamiento a propuesta del Coordinador de la Escuela Deportiva Municipal y deberán tener la titulación mínima exigida para desarrollar con eficacia la labor que el Director les encomiende. El Excmo. Ayuntamiento de Aldeatejada queda excluido de toda relación laboral o mercantil con toda persona, tanto física como jurídica, que, a través de los diferentes Clubes o Asociaciones Deportivas colaboren, realicen trabajos o presten servicios en las instalaciones deportivas municipales
Noveno.- Calendario: Desde principios de Junio hasta el 5 de septiembre, se abrirán los plazos para la inscripción de los participantes en las distintas especialidades deportivas, así como para que aquellas Entidades o Clubs Deportivos que deseen utilizar las instalaciones municipales realicen su solicitud.
Con fecha máxima del 20 de septiembre, el Coordinador de la Escuela presentará ante la Concejalía de Deportes, para su aprobación, un Proyecto completo del funcionamiento de la Escuela con las distintas especialidades deportivas a impartir, calendarios y utilización por las Entidades Deportivas Los horarios se propondrán por la Coordinación de la Escuela según la modalidad deportiva, necesidades, ubicación, procedencia de los participantes, dentro de la franja horaria comprendida entre las 16’00h. y las 20’00h. de lunes a viernes. Cada especialidad deportiva dispondrá de un mínimo de 2 horas semanales y un máximo de 5 horas, siendo de uso exclusivo para los alumnos de la especialidad la instalación en que se lleve a cabo, con la ratificación posterior por el Ayuntamiento y atendiendo a lo contemplado en el artículo segundo de este reglamento, pero siempre atendiendo al mínimo establecido en el apartado 4 de este reglamento.
Las Especialidades Deportivas Municipales comenzarán en OCTUBRE y finalizarán en MAYO a excepción de aquellas que por sus especiales características se celebren fuera de este período, o competiciones que tengan asimismo características especiales, siempre con la expresa autorización de la Concejalía de Deportes una vez valoradas las especiales características de la actividad.
Ayuntamiento de Aldeatejada Concejalía de deportes Reglamento de la escuela deportiva municipal.
Décimo.- Instalaciones: El Ayuntamiento facilitará las instalaciones para el desarrollo de la Escuela Deportiva Municipal debiendo los alumnos abonar las tasas fijadas en la Ordenanza, y las Entidades Deportivas según lo formalizado en el respectivo Convenio .
Décimo Primero.- Seguridad: Todos los participantes en Escuela Deportiva Municipal patrocinada por el Ayuntamiento de Aldeatejada estarán incluidas en la Mutualidad General Deportiva o Seguro de Accidentes que corresponda según la convocatoria realizada por la Excma. Diputación de Salamanca y que estarán necesariamente incluidos en la misma, para en el supuesto de lesión o accidente, tener derecho a los beneficios de la misma.
Duodécimo.- Seguimiento: El funcionamiento de las diferentes Actividades DEPORTIVAS MUNICIPALES, admitidas por el Ayuntamiento, serán controladas por la Concejalía o persona en quien delegue, a fin de comprobar el desarrollo y correcto funcionamiento de las mismas y solucionar e informar al Ayuntamiento de los problemas, si los hubiere. Se elaborará por cada actividad un informe mensual en el que conste, altas y bajas de participantes, estado de las instalaciones, incidencias que no permitan el desarrollo de la actividad, o cualquier otra incidencia.
Décimo Tercero.- Proyecto y Justificación: Los Clubes implicados deberán presentar proyecto, con los diferentes objetivos y finalidades según la convocatoria realizada al efecto independientemente de los requerimientos realizados desde otras Instituciones, antes del comienzo del curso y memoria justificativa al final del mismo, que se pasará a la Concejalía correspondiente, en las que se indiquen claramente gastos (siempre justificados), e ingresos y desarrollo de las actividades a realizar o realizadas en su caso.
Décimo Cuarto.- Sanciones y Finalización de las actividades de la Escuela Deportiva Municipal: Con el/los informes del seguimiento de la Escuela, la Concejalía informará a su vez, al Ayuntamiento, quien resolverá imponer o no sanción o la supresión de la/s actividad y de acuerdo a la legislación vigente al efecto. Ayuntamiento de Aldeatejada Concejalía de deportes Reglamento de la escuela deportiva municipal.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA: Quedan derogadas cuantas Normas Municipales, Acuerdos o Disposiciones, que contradigan lo establecido en el presente Reglamento.
DISPOSICIÓN FINAL: El presente Reglamento entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma.